lunes, 5 de octubre de 2015

Juez de investigación preparatoria deniega cese de prisión para dirigente antiminero


El juez del Primer Juzgado de Investigación Preparatoria de la Corte Superior de Justicia de Arequipa, Dr. Willy Fernández Gambarini, declaró infundada  la solicitud de cese de prisión preventiva interpuesta por el dirigente antiminero Pepe Julio Gutiérrez, quien permanece detenido 5 meses acusado del delito de extorsión agravada en grado de tentativa
En su resolución emitida esta mañana, el magistrado concluye que de los elementos de convicción que se han aportado al debate por la defensa técnica del imputado, no se demuestra ni desvirtúan los motivos que determinaron la imposición de la medida de prisión preventiva, ni tampoco determinan si es necesario sustituirla por una menos gravosa.
El primer elemento de convicción presentado por la defensa en relación al comunicado que emitió la Southern el 01 de junio del año en curso  en el que precisa que esta empresa busca el desarrollo y es socialmente responsable y no puede ser indiferente a una realidad que afecta directamente a la zona donde se ubica  el proyecto y que ningún interés político ni empresarial puede estar por encima de la vida y la paz en la zona; el juzgado considera que este documento se emitió por la coyuntura de la paralización y el clima de violencia generada por los protestantes y con la intención de apaciguar la situación; más no significa la evidencia de que no medió un acto de amenaza directa contra los representantes de esta empresa minera .
Con relación al segundo elemento de convicción presentado por la defensa que alude a un informe 211-2015-MEM del Ministerio de Energía y Minas, donde precisa que Southern no tiene aprobado lo que se denomina la etapa B de construcción del proyecto, el despacho judicial considera que al momento que se realizaron los contratos entre el Estado peruano y Southern ya existía un inicio en cuanto a la realización de operaciones en el proyecto minero y que el proceso que ha seguido implica el inicio de obras que necesariamente tendrían que realizarse en el lugar donde se iba a instalar la mina; por lo que concluye el Dr. Fernández Gambarini que se puede hablar

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