martes, 12 de enero de 2016

Confirman identidad de menor y descartan responsabilidad de Delia Flores



Luego de que Instituto de Medicina Legal (IML), confirmara la identidad del menor que Delia Flores Tapara y su pareja Jesus Katata Tunquipa, trataron de registrar sin documentos en El Pedregal, el pasado 01 de enero, el Ministerio Público continuará con el proceso de acuerdo a sus atribuciones.
Se conoció que el IML, practicó cinco pruebas de ADN mediante las cuales se confirmó la paternidad de la pareja Katata – Flores y se descartó que se tratara del menor Juan Pablo, cuyo presunto secuestro aún se halla aún en investigación en la Fiscalía Penal Corporativa de Mariano Melgar.
Por esa razón, el Fiscal Provincial José Manuel Lazo Paz, solicitó la cesación de la Prisión Preventiva que recaía sobre Delia Flores Tunquipa; pedido que fue admitido por el Juez la tarde de hoy, quien declaró fundado el requerimiento y ordenó que la mujer asuma el proceso en comparecencia restrictiva por la presunta comisión de los demás delitos que se le imputan.
El representante del Ministerio Público, recordó que Delia Flores Tunquipa, es investigada por la presunta comisión de los delitos contra la libertad personal, en la modalidad de secuestro, artículo 152° del Código Penal; cuya responsabilidad se descartó, tras las prueba de ADN.
Se le investiga además por la presunta comisión de los delitos contra el estado civil, en la modalidad de alteración de la filiación de un menor, Artículo 145°; contra la administración pública, en la modalidad de falsa declaración en procedimiento administrativo, artículo 411°, y contra la fe pública, en la modalidad de falsedad genérica, según el artículo 438° del mismo cuerpo jurídico.
Fue la madre del menor desaparecido; Rosa Casquina Sacsi, quien reconoció a Delia Flores Tapara como la autora del secuestro de su hijo ante las autoridades. Además, la mujer investigada, varió sus versiones sobre el nacimiento de su hijo y no acreditó documentalmente los controles prenatales, el alumbramiento ni los posteriores controles del menor; intentando registrarlo de manera irregular en el registro civil de la zona en más de una oportunidad, y, ante la alerta nacional vigente por la desaparición de Juan Pablo Cuéllar Casquina fue que la Fiscalía inició la investigación correspondiente.
Al respecto, la Fiscal Superior Coordinadora de Arequipa, Miriam Herrera Velarde, se pronunció indicando que el Ministerio Público ha actuado de acuerdo a sus atribuciones y en cumplimiento de sus funciones, disponiendo de manera inmediata las diligencias que permitieran esclarecer los hechos de manera oportuna.
“En este caso, el Ministerio Público se hallaba frente una noticia presuntamente criminal y ante una denuncia hecha por la madre del niño Juan Pablo, desaparecido hasta el momento, de la cual toma conocimiento el fiscal de turno de la Fiscalía El Pedregal quien como titular de la acción penal y en ejercicio legítimo de sus funciones, inicia una investigación preliminar a efecto de determinar si la noticia criminal reunía o no elemento reveladores de la comisión de un delito; es en ese extremo que se evidenció inconsistencias en las declaraciones de la madre y cambios de versión muy marcados que no daban plena explicación sobre el origen del menor, por lo que tales circunstancias fueron valoradas por el fiscal a cargo y contrapuestas con el peligro inminente de fuga de la investigada puesto que - pese a los esfuerzos del Ministerio Público - no se acreditó arraigos suficientes para desestimar dicho peligro” afirmó la Superior.
Toda investigación fiscal significa una vulneración al derecho constitucional a la presunción de inocencia, sin embargo el propio Tribunal Constitucional, como máximo intérprete de la norma, ha señalado que esta vulneración es legítima siempre que concurran dos presupuestos 1) que exista una causa probable y 2) una búsqueda razonable de la comisión de un ílicito penal, sentenció la magistrada.
Foto: Marco Antonio Turpo.

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